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1. Concepto de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYMES) según la Ley Panameña:
Las MIPYMES en Panamá se clasifican según sus ingresos brutos anuales, conforme a la AMPYME:
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Microempresa:
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Ingresos hasta B/.150,000.00 anuales.
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Generalmente operadas por sus dueños, con pocos empleados (a menudo familiares).
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Ejemplos: zapatería, peluquería, restaurante, vendedor ambulante.
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Pequeña empresa:
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Ingresos entre B/.150,000.01 y B/.1,000,000.00 anuales.
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Empresas independientes con estructura organizativa básica.
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Ejemplos: librerías, panaderías, talleres, agencias de diseño.
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Mediana empresa:
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Ingresos entre B/.1,000,000.01 y B/.2,500,000.00 anuales.
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Hasta 250 empleados y operaciones más amplias.
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Sectores comunes: servicios, comercio, industria, construcción, agro y manufactura.
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2. Normas Legales del Impuesto sobre la Renta para MIPYMES en Panamá:
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Ley 189 de 2020:
Crea un régimen fiscal especial para MIPYMES y reforma el Código Fiscal. -
Ley 33 de 2000:
Exonera del impuesto sobre la renta a las microempresas durante los primeros dos años fiscales desde su inscripción. -
Requisitos para ser reconocidas como MIPYMES:
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Estar registradas en AMPYME.
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No derivar de una división de otra empresa ni pertenecer a un grupo empresarial.
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Ingresos brutos anuales no mayores a B/.500,000.00.
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Acciones nominativas y socios deben ser personas naturales.
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Muchas Gracias por la información
compartida por medio de este blog. me pareció muy interesante cada tema
plasmado. Me llamo la atención en las forma que están clasificadas las empresas
que pertenecen a las MIPYMES.
Tengo
una duda, sobre la ley 33 de 2000, que exime del impuesto sobre la renta a
microempresas durante los dos primeros años fiscales. Si una microempresa
empezó operaciones en 2023 pero recién se inscribió en AMPYME en 2024, ¿desde
cuándo aplica la exoneración: ¿desde 2023 o desde la inscripción en 2024?
Gracias
por el aporte😊
Le
comenta: Yulihsa Casama
La Dirección General de Ingresos (DGI) y la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) interpretan la ley en el sentido de que la exoneración no es automática desde el inicio de operaciones, sino que comienza a contar desde el año en que se obtiene la inscripción formal en el Registro Empresarial de AMPYME, que certifica a la empresa como microempresa.
La exoneración no aplica retroactivamente al año 2023.
La empresa estará exonerada del impuesto sobre la renta por los años fiscales 2024 y 2025, siempre que mantenga su condición de microempresa según la Ley 33.
comenta: Rubén Diaz
El documento presenta de manera
clara y estructurada los pasos fundamentales para la creación de una empresa
mediana en Panamá, destacando tanto los requisitos legales como los
procedimientos administrativos. Se valora la inclusión de objetivos generales y
específicos, así como la visión y misión, lo que aporta dirección estratégica
al proyecto. La descripción del proceso productivo, la selección de materias
primas y el enfoque en la calidad y sostenibilidad demuestran un compromiso con
la excelencia y la responsabilidad ambiental. Además, se aborda el análisis de
la competencia y el mercado, lo que fortalece la viabilidad y proyección del
negocio. En conjunto, el trabajo refleja un plan integral y bien fundamentado
para el desarrollo de una empresa innovadora en el sector de yogures.


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